El certificado energético será obligatorio a partir del próximo 1 de junio.
El consejo de ministros ha aprobado el certificado energético que será obligatorio para los propietarios que quieran vender o alquilar su vivienda a partir del próximo 1 de junio. Según el ministerio de fomento, el 60% de las viviendas españolas se construyeron sin ninguna normativa de eficiencia energética y, en general, las viviendas en españa consumen el 17% de toda la energía del país.
El certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.
Programas informáticos del idae
Como herramienta para facilitar la obtención de dichos certificados, por mandato del ministerio de industria, energía y turismo y del ministerio de fomento, el idae ha elaborado los programas informáticos ce3 y ce3x, ambos publicados como documentos reconocidos a disposición de los técnicos certificadores.
Además, el idae se ha encargado de llevar a cabo un plan de formación para formar a los técnicos responsables de certificar energéticamente los edificios y de aquellos otros encargados de su control e inspección sobre las herramientas reconocidas ce3 y ce3x. Finalmente, idae se encargará de informar a los vendedores, compradores y usuarios de viviendas y edificios en general sobre las nuevas obligaciones a las que tienen que hacer frente.
Obligaciones para las administraciones públicas
Igualmente, y como actuación ejemplarizante de las administraciones públicas, el real decreto obliga a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 m2 inicialmente que sean frecuentados habitualmente por el público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta de eficiencia energética.
Fuente: idealista.com